Código de Ética

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL

Capítulo I — Disposiciones generales. Las reglas de ética mencionadas son de carácter enunciativo y no excluyen otras que deriven imperativamente de las condiciones esenciales del ejercicio profesional (Art. 1°).

Capítulo II — Causas de ética. El artículo 3° enumera los actos considerados contrarios a la ética profesional, agrupados en tres categorías: para con la profesión (transgredir la Ley 10.411, ceder la firma, ejecutar obras antirreglamentarias), para con los colegas (reemplazar a un colega sin notificación previa, ofrecer servicios por debajo del arancel vigente) y para con los comitentes (aceptar comisiones de proveedores, revelar datos reservados).

Capítulo III — De las sanciones. Las sanciones disciplinarias aplicables son: advertencia privada, censura, censura pública a reincidentes, multa de hasta 30 veces la cuota anual de matriculación, suspensión de hasta 2 años, y cancelación de matrícula (Art. 4°).

Normas de procedimiento. Las cuestiones de ética pueden iniciarse de oficio o por denuncia (Art. 7°), con trámite ante el Tribunal de Disciplina y régimen de recursos ante el Consejo Superior y la Cámara Civil y Comercial de La Plata (Art. 25° a 28°).

Para más información: Gral. Ocampo Nº 2766 – San Justo · (011) 4651-1783 · ctd2@tecnicosd2.org.ar